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INFORMACION BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Responsable: EMESA PREVENCION S.L
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Legitimación: su propio consentimiento, el interés legítimo.
Destinatario: no cederemos sus datos a terceros, salvo obligación legal.
Derechos: puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación o supresión de datos, así como disponer de otros derechos en carmen.pena@emesaprevencion.com
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Información adicional: www.emesaprevencion.com
Delegado de Protección de Datos: CARMEN PEÑA CARRASCO
Contacto DPD.: carmen.pena@emesaprevencion.com
Preguntas Frecuentes
1.- ¿Si soy autónomo necesito tener Plan de Prevención?
Si no tienes trabajadores a tu cargo, en principio no es necesario, salvo que trabajes para otros clientes que te lo pidan para llevar a cabo la coordinación de actividades empresariales.
2.- Me piden el REA para entrar a trabajar en una obra y no lo tengo o no sé lo que es ¿Cómo lo puedo conseguir?
La inscripción en el REA presupone los requisitos de calidad y capacidad en prevención de riesgos laborales.
Para poder hacer la inscripción es preciso disponer de un Plan de Prevención y la formación necesaria, después tramitar la solicitud con unos formularios que dependen del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
3.- Tengo una empresa pequeña sin grandes riesgos, ¿puedo asumir yo la prevención?
R: En principio sí es posible, aunque no aconsejable. Si dispones de la formación necesaria podrías llevar la parte técnica de la PRL, pero la parte de la Vigilancia de la Salud siempre la tendrás que contratar con un Servicio de Prevención Ajeno.
4.- ¿Puedo tener contratada la prevención con varias empresas a la vez?
R: Sí, es posible que contrates por separado las distintas especialidades o servicios.
5.- ¿Puedo cambiar de Servicio de Prevención Ajeno, cuándo y cómo debo hacerlo?
R: Siempre es posible cambiar, nadie está obligado a permanecer con quien no quiere estar, pero normalmente los contratos son anuales y tienen un plazo de preaviso para no renovarlos.
6.- ¿En una comunidad de propietarios es obligatorio tener la prevención?
7.- ¿En el caso anterior de la Comunidad, si hay un accidente, ¿puede tener responsabilidad el presidente o administrador?
En caso de haber actuado con dolo o culpa puede haber responsabilidad penal, es mucho mejor estar bien asesorado.
8.- Como pequeño empresario, ¿Cuáles son las obligaciones mínimas que debo cumplir en prevención?
9.- ¿Todo lo anterior es necesario aunque contrate a personal por horas o días por necesitarlo según la actividad?
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