Las federaciones deportivas nacionales y locales mantienen programas de deporte base, para formar a deportistas jóvenes, con el objetivo de poder competir al máximo nivel en un futuro.
La Real Federación Española de Patinaje (RFEP) tiene su propio protocolo para la vuelta a la competición deportiva preparado como refuerzo del protocolo del Consejo Superior de Deportes (CSD). En dicho protocolo se explican las recomendaciones sanitarias específicas que deben seguirse en referencia a las instalaciones, a los nuevos procedimientos de los propios deportistas y al funcionamiento de las futuras competiciones.
Entre las medidas que se contemplan en dicho protocolo caben destacar las siguientes:
3.1 Medidas higiénicas generales Obligatorias para todas las personas presentes en una instalación y/o espacio deportivo en cualquier circunstancia:
- En ningún caso podrán acceder a la instalación deportiva ni al entrenamiento:
- Personas con síntomas (compatibles COVID-19)
- Contactos con personas infectadas por SARS-CoV-2
- Personas en cuarentena o aislamiento preventivo
- Higiene de manos: con agua y jabón, o en su defecto, con una solución hidroalcohólica desinfectante. Siempre lavar las manos antes y al salir de la actividad desarrollada o al entrar y salir de un recinto cerrado.
- Uso de mascarilla individual: del tipo quirúrgica o tipo FFP2. Siempre serán de uso individual e intransferible. La vida media de las mismas dependerá del tiempo y uso correcto. No se recomienda un uso superior a 4h de manera continuada en un recinto cerrado. El uso incorrecto de la mascarilla (no cubrir nariz y boca simultáneamente, portar la mascarilla en la frente o el mentón, entre otros) incrementa el riesgo de transmisión del virus.
- Distancia física: deberá mantenerse en todo momento, independientemente del uso de EPI una distancia aproximada de 2m (nunca inferior a 1,5m).
- Evitar contacto y saludos efusivos con choques de manos o besos o abrazos.
- Desinfección del material deportivo.
- Lavar siempre toda la ropa utilizada en entrenamientos y partidos. La ropa deportiva se debe utilizar sólo y exclusivamente para entrenar. 8. Cada uno deberá tener su propia toalla y botella de agua, no pudiéndolas compartir.
Con todos los cambios acontecidos por la crisis sanitaria provocada por el coronavirus y la dispar evolución en las comunidades autónomas ha obligado a algunas comunidades autónomas como las Islas Canarias y más recientemente las Islas Baleares, a establecer medidas adicionales que permitan tener controlada la situación pero que a la vez proporcione la continuidad del turismo (principal motor económico de dichas comunidades). Entre estas medidas se ha establecido que:
- todos los pasajeros procedentes de un país o zona de riesgo (a excepción de los menores de 6 años), deberán disponer de una PCR o de una TMA para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las setenta y dos horas previas a la llegada a cualquiera de los puertos o aeropuertos de dichas comunidades autónomas.
Puede consultar las preguntas y respuestas más frecuentes sobre esto en este enlace.
Como el Gobierno de Canarias ostenta la condición de autoridad sanitaria, conforme establece el artículo 28.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, ha publicado mediante Decreto ley 17/2020, de 29 de octubre en el cual se establecen como test de diagnóstico de infección activa válidos, a los efectos de acreditar a los usuarios turísticos como negativos como transmisores de la COVID-19, la PCR (RT-PCR de COVID-19) y los test rápidos de detección de antígeno.
Ante esta situación, tanto los deportistas como el personal de la federación que tengan que desplazarse para cualquier competición a cualquiera de estas comunidades autónomas deberán poseer un certificado que recoja el resultado negativo en pruebas de coronavirus.
Para cumplir con dicho protocolo, La Real Federación Española de Patinaje, facilita a árbitros, jugadores y personal desplazado la realización de los test diagnósticos alcanzando un acuerdo con EMESA Prevención.