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Planes de autoprotección
¿Qué son los planes de autoprotección?
Los Planes de autoprotección son el documento que contiene las acciones y medidas encaminadas a prevenir y controlar los riesgos desde su origen, en un centro o establecimiento, que puedan generar daños a las personas y/o los bienes, para dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia y poder garantizar su integración con el sistema público de protección civil.
¿Cuándo es obligatorio contar con un Plan de Autoprotección?
Viene definido en las Norma Básica del RD393/2007 y se refiere a determinadas actividades económicas y sectores cuya actividad sea de tipo sanitario, docente, residencial público u otro tipo de actividad que reúna una serie de características relacionadas con la altura, ocupación etc…
¿Quién es el responsable de la elaboración e implantación del Plan de Autoprotección?
El titular de la actividad.

¿Quién puede realizarlo?
La norma solo dice que tiene que ser un técnico competente y básicamente viene regulado por cada C. Autónoma. Es habitual que lo realicen técnicos de prevención de riesgos laborales con experiencia en la materia.
¿Cuál es el periodo de vigencia?
En principio es indeterminado, pero si se producen cambios en las instalaciones, procesos productivos, equipos, personal etc.., o cuando a consecuencia de los simulacros se observen deficiencias, se deberán actualizar de forma parcial o total en función de la magnitud de los cambios.
¿Qué es un Plan de Emergencia?
Es una parte del Plan de Autoprotección que establece unos criterios básicos de actuación del personal para una rápida y ordenada actuación, en el que se analizan las posibles situaciones de emergencia para adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, para reducir al mínimo las posibles consecuencias humanas y/o económicas que pudieran derivarse de la situación de emergencia.
¿Qué es un simulacro de emergencia?
Es una forma de entrenamiento operativo de los procedimientos de actuación para evaluar la eficacia de la implantación de los planes de autoprotección y de emergencias.
Por tanto, se verifica y comprueba:
- La eficacia de la organización de respuesta ante una emergencia.
- La capacitación del personal adscrito a la organización.
- El entrenamiento de todo el personal de la actividad en la respuesta frente a una emergencia.
- La suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados.
- La adecuación de los procedimientos de actuación.
Deben realizarse con la periodicidad mínima fijada en el Plan y en todo caso una vez al año.

Las diferencias básicas entre Plan de Autoprotección y Plan de Emergencia son las siguientes:
